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Economista Holística

198. Qué es la prorrata del IVA. Diccionario económico.

12/04/2019
¿Qué hacer si tenemos una actividad exenta de IVA y otra no?

En el episodio de hoy quiero hablarte sobre la prorrata del IVA y los tipos de prorrata que existen.

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¿Qué es la prorrata del IVA?

¿Te has planteado alguna vez cómo pagarías el IVA si ejerces dos actividades que sean diferenciadas con respecto al pago de éste?, es decir, imagina que en tu negocio das clases de matemáticas a alumnos de bachillerato y das talleres de matemáticas, también a centros de la tercera edad.

El primer caso sería exento de IVA, por ser una formación reglada, en cambio, en el segundo, estaríamos hablando de un servicio, y tendríamos que cobrar IVA a nuestros clientes. Bien, ¿cómo haríamos nuestras declaraciones de IVA en estos casos?

Pues tenemos dos opciones, que son las que nos plantea la prorrata del IVA:

Prorrata general

En este caso, cogeríamos la base imponible de todas las ventas que estén sujetas a IVA, es decir, de las que estemos obligados a pagar IVA, y lo dividimos entre el total de ventas. Esto nos dará un tanto por ciento que aplicaremos al total de IVA soportado del trimestre.

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Prorrata especial

En este caso trabajaríamos como si tuviéramos dos negocios diferenciados, uno en el que estamos obligados a recaudar IVA, y otro en el que no tenemos que hacerlo.

De cada uno, cogeremos los costes que genera cada una de las áreas, y deduciremos únicamente las facturas que corresponden a la parte que está sujeta a IVA.

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